Artículo 15

¿Qué Significa?

Se describe los tipos de tratados que no son autorizados.

10 de Junio de 2011
Fecha de publicación 10 de Junio de 2011 5 de Febrero de 1917
Texto vigente
Reforma 2 de 2
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No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

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